º El Departamento Nacional de Planeación podrá autorizar la participación de inversionistas extranjeros en empresas nacionales o mixtas siempre que se trate de un aumento del capital de las empresas respectivas y que esa participación no modifique la calidad de nacional o mixta de éstas. Los reglamentos de colocación de acciones deben ceñirse a la autorización respectiva. Serán ineficaces los contratos de suscripción que se celebren en contravención a esta norma.
Decreto 2153 de 1971 →Vigente
Artículo 7
El Departamento Nacional De Planeación Podrá Autorizar La Participación De Inversionistas Extranjeros En Empresas Nacionales O Mixtas Siempre Que Se Trate De Un Aumento Del Capital De Las Empresas Respectivas Y Que Esa Participación No Modifique La Calidad De Nacional O Mixta De Éstas
Decreto 2153 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1299 de 1971, sobre el régimen de capitales extranjeros, marcas, patentes, licencoas y regalías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.