Micelio

Artículo 13

-Pasados Seis Meses Desde La Fecha De Este Decreto, Quedaran Convertidas En Licencias De 2ª

Decreto 1051 de 1944 · Por el cual se crean tres categorías de radioanunciadores (locutores), se reglamentan unos exámenes y se dictan otras disposiciones sobre radiodifusión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

-Pasados seis meses desde la fecha de este decreto, quedaran convertidas en licencias de 2ª. Categoría todas las expedidas hasta la fecha. Los poseedores de ellas que deseen ser catalogados como locutores de noticias o locutores de 1ª. Categoría, deberán presentar oportunamente los exámenes de que se trata en este Decreto y obtener la nueva licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1051 de 1944