º En la asamblea de trabajadores a que hace referencia el artículo 1o.del presente Decreto ningún trabajador podrá representar, en ningún caso, un número de unidades superior al diez por ciento(10%) de aquellas en las cuales se encuentre dividido el respectivo fondo de cesantía.
Decreto 2769 de 1991 →Vigente
Artículo 7
º En La Asamblea De Trabajadores A Que Hace Referencia El Artículo 1o
Decreto 2769 de 1991 · por el cual se dictan normas en materia de elección de los representantes de los trabajadores y de los empleadores en las Juntas y Consejos Directivos de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.