4 . Programas e instituciones objeto de certificación. Serán objeto de certificación de calidad de la formación para el trabajo
Los programas de formación laboral
Los programas de educación media técnica que sean de formación para el trabajo
Los programas técnicos profesionales y tecnológicos de educación superior que cuenten con registro calificado otorgado por el Ministerio de Educación Nacional y que sean de formación para el trabajo.
Los programas desarrollados por las empresas para efectos del reconocimiento del contrato de aprendizaje.
Las instituciones reconocidas como establecimientos educativos de educación para el trabajo y el desarrollo humano, de educación media técnica, las cajas de compensación familiar o las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano que estas crean para prestar servicios de formación para el trabajo, las empresas que desarrollen procesos de formación organizados y sistemáticos para sus trabajadores actuales o potenciales, que ofrecen programas de formación para el trabajo y que por lo menos un programa haya obtenido la certificación de calidad en el marco del Sistema de Calidad de Formación para el trabajo. (Decreto número 2020 de 2006, artículo 4 ° , modificado por el artículo 1 ° del Decreto número 3756 de 2009)