Se Entiende Por Rehabilitación El Proceso Une Tiende A Capacitar De Nuevo A Un Trabajador Física Y Psíquicamente Para El Trabajo, Y En Consecuencia Comprende: A) La Reeducación De Órganos Lesionados, Como Una De Las Fases Del Tratamiento Médico; B) La Sustitución O Complemento De Órganos Mutilados, Por Medio Do Aparatos Protésicos U Ortopédicos, Y C) La Refrigeración Profesional, Como El Conjunto De Esfuerzos Tendientes A Convertir Al Trabajador En Una Persona Económicamente Activa, Y A Conseguirle Una Ocupación Compatible Con Sus Aptitudes
Decreto 1698 de 1960 · Por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Se entiende por rehabilitación el proceso une tiende a capacitar de nuevo a un trabajador física y psíquicamente para el trabajo, y en consecuencia comprende
a)
La reeducación de órganos lesionados, como una de las fases del tratamiento médico;
b)
La sustitución o complemento de órganos mutilados, por medio do aparatos protésicos u ortopédicos, y
c)
La refrigeración profesional, como el conjunto de esfuerzos tendientes a convertir al trabajador en una persona económicamente activa, y a conseguirle una ocupación compatible con sus aptitudes. CAPITULO VI Disposiciones Generales,
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.