Micelio

Artículo 69

Es Prohibido Al Médico Dar Certificados De Incapacidad Permanente Mientras No Tenga La Relación Del Accidente, Que Acredite Que El Obrero Ha Sido Lesionado Sin Su Culpa

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es prohibido al médico dar certificados de incapacidad permanente mientras no tenga la relación del accidente, que acredite que el obrero ha sido lesionado sin su culpa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 190 de 1939