Micelio

Artículo 14

En Caso De Muerte De Un Jefe De Misión, El Ministro De Relaciones Exteriores Reconocerá Provisionalmente Como Encargado De Negocios Ad Interim Al Consejero, Secretario O Agregado, De Mayor Categoría, Mientras Recibe Comunicación Formal Del Gobierno Respectivo

Decreto 1091 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Ceremonial Diplomático

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de muerte de un Jefe de Misión, el Ministro de Relaciones Exteriores reconocerá provisionalmente como Encargado de Negocios ad interim al Consejero, Secretario o Agregado, de mayor categoría, mientras recibe comunicación formal del Gobierno respectivo. IV Ceremonial para Misiones Especiales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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