Micelio

Artículo 5

Los Empleados Que Se Nombren Para Desempeñar Los Cargos De Que Trata El Presente Decreto No Tendrán Derecho A Prima Móvil, Por Haber Sido Fijados Los Sueldos Con El Aumento Correspondiente A Dicha Prima

Decreto 786 de 1944 · Por el cual se reglamenta la Ley 5ª de 1942 y se fija el personal y asignaciones del Instituto Caro y Cuervo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los empleados que se nombren para desempeñar los cargos de que trata el presente Decreto no tendrán derecho a prima móvil, por haber sido fijados los sueldos con el aumento correspondiente a dicha prima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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