º. De conformidad con los artículos 22, 26 y 27 de la ley 63 de 1914, señálense las siguientes multas, como sanción por el incumplimiento no justificado de lo dispuesto anteriormente: una de $10 para los empleados del ramo en los Departamentos y para los que dependan del Ministerio en la capital, sin perjuicio de las demás sanciones establecidas para dichos casos; y una de $25 para los Directores de Instrucción Pública y para los Inspectores Naciones y Escolares de los Territorios e Intendencias. Estas multas serán impuestas de acuerdo con la citada ley 63.
Artículo 3
De Conformidad Con Los Artículos 22, 26 Y 27 De La Ley 63 De 1914, Señálense Las Siguientes Multas, Como Sanción Por El Incumplimiento No Justificado De Lo Dispuesto Anteriormente: Una De $10 Para Los Empleados Del Ramo En Los Departamentos Y Para Los Que Dependan Del Ministerio En La Capital, Sin Perjuicio De Las Demás Sanciones Establecidas Para Dichos Casos; Y Una De $25 Para Los Directores De Instrucción Pública Y Para Los Inspectores Naciones Y Escolares De Los Territorios E Intendencias
Decreto 467 de 1923 · Por el cual se organiza la estadística de la instrucción pública nacional, en armonía con lo dispuesto en la Ley 63 de 1914
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.