Si el traslado se efectúa con anterioridad al 15 de febrero o al 15 de agosto, el respectivo Jefe de Unidad procederá a hacer un "Informe de calificación" del trasladado, empleando para ello los formularios adoptados por la Dirección General. Estos informes se harán en forma análoga a la establecida para, las calificaciones, pudiéndose también reclamar de ellos conforme a lo prescrito para éstas.
Decreto 1360 de 1942 →Vigente
Artículo 18
Si El Traslado Se Efectúa Con Anterioridad Al 15 De Febrero O Al 15 De Agosto, El Respectivo Jefe De Unidad Procederá A Hacer Un "informe De Calificación" Del Trasladado, Empleando Para Ello Los Formularios Adoptados Por La Dirección General
Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.