°. Las disposiciones sobre importación de licores a que se refiere el artículo 1° del Decreto número 1626 de 1951, solo se aplicarán en aquellos Departamentos que no tienen establecido monopolio sobre dichos licores.
Decreto 1760 de 1951 →Vigente
Artículo 5
Las Disposiciones Sobre Importación De Licores A Que Se Refiere El Artículo 1° Del Decreto Número 1626 De 1951, Solo Se Aplicarán En Aquellos Departamentos Que No Tienen Establecido Monopolio Sobre Dichos Licores
Decreto 1760 de 1951 · Por el cual se adicionan los artículos 4° y 5° del Decreto 384 de 1950, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.