Por Decreto Separado, El Gobierno Nacional, Con La Intervención De La Dirección Del Presupuesto, Distribuirá Las Apropiaciones Globales Incluídas En Este Decreto Para Cada Uno De Los Ministerios Y Departamentos Administrativos, Teniendo En Cuenta Las Solicitudes De Las Respectivas Dependencias Y Con Sujeción A Las Disposiciones Normativas Del Manejo Del Presupuesto
Decreto 3139 de 1956 · SOBRE PRESUPUESTO NACIONAL DE RENTAS E INGRESOS Y LEY DE APROPIACIONES PARA LA VIGENCIA FISCAL DE 1º DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 1957.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Por decreto separado, el Gobierno Nacional, con la intervención de la Dirección del Presupuesto, distribuirá las apropiaciones globales incluídas en este Decreto para cada uno de los Ministerios y Departamentos Administrativos, teniendo en cuenta las solicitudes de las respectivas dependencias y con sujeción a las disposiciones normativas del manejo del Presupuesto.
Parágrafo
La dirección del Presupuesto determinará las apropiaciones parciales sujeras también a este mandato, las cuales no podrán ejercitarse sino después de dictado el respectivo decreto o resolución, según corresponda, de distribución.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.