Recibida por el Contralor o su delegado la documentación, si encuentra que los hechos estén demostrados que se ha oído al inculpado en declaración de descargos y que se han surtido las pruebas conducentes por él solicitados, procederá a calificar la falta y a aplicar la sanción de multa o suspensión menos de diez (10) días, si fuere el caso.
Decreto 937 de 1976 →Vigente
Artículo 56
Recibida Por El Contralor O Su Delegado La Documentación, Si Encuentra Que Los Hechos Estén Demostrados Que Se Ha Oído Al Inculpado En Declaración De Descargos Y Que Se Han Surtido Las Pruebas Conducentes Por Él Solicitados, Procederá A Calificar La Falta Y A Aplicar La Sanción De Multa O Suspensión Menos De Diez (10) Días, Si Fuere El Caso
Decreto 937 de 1976 · Por el cual se expide el Estatuto de Personal para los empleados de la Contraloría General de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.