Micelio

Artículo 1

El Ministerio De Comercio Exterior Podrá Declarar Como Zonas Francas Industriales De Bienes Y De Servicios, Total O Parcialmente, Las Áreas Geográficas Que Han Venido Operando Como Zonas Francas Industriales Y Comerciales, Y Cuyos Establecimientos Públicos Operadores Se Encuentran En Proceso De Liquidación, Conforme A Lo Ordenado Por El Decreto 2111 De 1992

Decreto 2480 de 1993 · por el cual se establece un régimen de zona franca industrial de bienes y de servicios para las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Palmaseca y Santa Marta, en liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Comercio Exterior podrá declarar como zonas francas industriales de bienes y de servicios, total o parcialmente, las áreas geográficas que han venido operando como zonas francas industriales y comerciales, y cuyos establecimientos públicos operadores se encuentran en proceso de liquidación, conforme a lo ordenado por el Decreto 2111 de 1992.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2480 de 1993