Micelio

Artículo 78

Los Farmacéuticos No Pueden Entregar Ni Prestar Nada Sin La Correspondiente Formula Y Orden Del Medico De La Obra, Y En Caso De Que En Su Ausencia Se Necesitare Un Medicamento, Pueden Entregarlo Y Escribir La Formula Para Que El Medico La Acepte Y Autorice Con Su Firma

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los farmacéuticos no pueden entregar ni prestar nada sin la correspondiente formula y orden del medico de la obra, y en caso de que en su ausencia se necesitare un medicamento, pueden entregarlo y escribir la formula para que el medico la acepte y autorice con su firma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 190 de 1939