º. Los Síndicos de Lazaretos pueden apremiar a los Subsíndicos que no rindan sus cuentas oportunamente, con multas hasta de cinco pesos ($5) y los Subsíndicos a los Agentes Municipales hasta de dos pesos ($2). Multas que una vez impuestas y efectivas harán parte de la renta de ingresos varios, previo reconocimiento a favor del Tesoro.
Decreto 994 de 1921 →Vigente
Artículo 4
Los Síndicos De Lazaretos Pueden Apremiar A Los Subsíndicos Que No Rindan Sus Cuentas Oportunamente, Con Multas Hasta De Cinco Pesos ($5) Y Los Subsíndicos A Los Agentes Municipales Hasta De Dos Pesos ($2)
Decreto 994 de 1921 · Por el cual se dispone la manera como los Síndicos, Subsíndicos y Agentes de Lazaretos, deben comprobar y rendir las cuentas de que son responsables
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.