Micelio

Artículo 4

Los Síndicos De Lazaretos Pueden Apremiar A Los Subsíndicos Que No Rindan Sus Cuentas Oportunamente, Con Multas Hasta De Cinco Pesos ($5) Y Los Subsíndicos A Los Agentes Municipales Hasta De Dos Pesos ($2)

Decreto 994 de 1921 · Por el cual se dispone la manera como los Síndicos, Subsíndicos y Agentes de Lazaretos, deben comprobar y rendir las cuentas de que son responsables

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Síndicos de Lazaretos pueden apremiar a los Subsíndicos que no rindan sus cuentas oportunamente, con multas hasta de cinco pesos ($5) y los Subsíndicos a los Agentes Municipales hasta de dos pesos ($2). Multas que una vez impuestas y efectivas harán parte de la renta de ingresos varios, previo reconocimiento a favor del Tesoro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 994 de 1921