La primera elección se hará entre el 1° y el 15 de febrero de 1970 y los funcionarios designados comenzaran a ejercer sus cargos el 1° de marzo del mismo. Quienes aspiren a ser elegidos podrá inscribirse ante el respectivo Tribunal, presentando sus antecedentes y, en lo posible, los documentos que los acreditan.
Decreto 2267 de 1969 →Vigente
Artículo 30
La Primera Elección Se Hará Entre El 1° Y El 15 De Febrero De 1970 Y Los Funcionarios Designados Comenzaran A Ejercer Sus Cargos El 1° De Marzo Del Mismo
Decreto 2267 de 1969 · Por el cual se dictan normas sobre instrucción penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.