Micelio

Artículo 2

Decreto 1416 de 1950 · Por el cual se hacen unas traslaciones (Ministerio de Educación Nacional) y se abren unos créditos extraordinarios (Ministerio de Obras Públicas) al Presupuesto vigente

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Adicionase los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para el año fiscal en curso con la cantidad de un millón quinientos veinte mil pesos ($ 1.520.000) moneda corriente, así: Capitulo 5o.- Recursos del Crédito. Numeral 136. Préstamo de la Caja Colombiana de Ahorros, según contrato fechado el 20 de septiembre de 1947 y Leyes 85 de 1936 y 2a. de 1946 ..............................................................................................$ 1.520.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1416 de 1950