Trámite de la declaración en aduana diferente a la de exportación. Cuando las mercancías vayan a ser exportadas por aduana diferente a aquella en donde se presentó la declaración, a solicitud del declarante se podrá tramitar la correspondiente exportación en la aduana donde se encuentren las mercancías y se transportarán bajo el régimen de transito aduanero hasta la aduana de embarque.
Decreto 2666 de 1984 →Vigente
Artículo 261
Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.