Micelio

Artículo 258

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconocimiento de mercancías . Aceptada la declaración se procederá al reconocimiento de las mercancías. El declarante podrá solicitar al administrador autorización global o particular para que el reconocimiento se realice en lugar diferente de los depósitos temporales de aduana cuando así lo requiera la naturaleza de la mercancía, embalaje, peligrosidad y otra razón, cubriendo los gastos del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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