°. Adiciónese el artículo 2° de la Ley 1263 de 2008 con el siguiente
Parágrafo transitorio
"
Parágrafo transitorio
El término de los actuales Planes de Acción de las Corporaciones Autónomas Regionales o de Desarrollo Sostenible se extenderá hasta el 30 de junio de 2012, para lo cual deberán realizar los ajustes del caso, siguiendo lo establecido en el Decreto 2350 de 2009, salvo lo dispuesto en el artículo 4°".
Parágrafo transitorio
Artículo 2 LEY 1263 de 2008