ARTICULO 21 . De la posibilidad de delegar funciones . El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República podrá delegar en el Subjefe, la función de ordenación del gasto, el cual a su vez podrá delegar en otros funcionarios del Departamento, la ejecución de procedimientos y trámites administrativos.
Decreto 1680 de 1991 →Inexequible
Artículo 21
Decreto 1680 de 1991 · por el cual se reorganiza el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repùblica.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia