SOLICITUD DE EXPROPIACION. En los casos en que concurran uno o varios de los motivos de utilidad pública e interés social señalados en el artículo 7º de este Código, para adelantar expropiación de bienes, en favor de una o varias de las actividades mineras. El interesado deberá dirigirse al Ministerio de Minas y Energía puntualizando los siguientes datos
Nombre y domicilio del solicitante;
Clase y número de registro del título minero que lo habilite para realizar las actividades de exploración por métodos subterráneo, o explotación minera o de ejercitar las correspondientes servidumbres;
Exposición suscinta de las circunstancias y hechos de orden técnico y económico que hacen imprescindible la ocupación o uso de los bienes por expropiarse;
Nombre, domicilio y residencia del dueño o poseedor de dichos bienes;
Identificación y descripción completa de los bienes cuya expropiación se solicita y su ubicación o localización. Si se trata de bienes inmuebles se acompañará certificado del Registrador de Instrumentos Públicos sobre su matricula e inscripción vigente.