º. Las infracciones a las medidas que se adoptan en el presente Decreto serán sancionadas por los Gobernadores respectivos con multas de hasta cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando se trate de personas jurídicas y con multa de hasta cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes, conmutables a razón de un (1) día de arresto por cada salario, cuando se trate de personas naturales.
Decreto 717 de 1996 →Vigente
Artículo 8
Decreto 717 de 1996 · por el cual se dictan unas medidas tendientes a la preservación del orden público.
1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia