º . Base gravable . La base gravable del impuesto está constituida por el patrimonio líquido poseído a 31 de agosto de 2002, el cual se presume que en ningún caso será inferior al declarado a 31 de diciembre de 2001.
Decreto 1838 de 2002 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1838 de 2002 · por medio del cual se crea un impuesto especial destinado a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para preservar la Seguridad Democrática.
2 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2002C-876/02Constitucionalidad · «"el Cual Se Presume Que En Ningún Caso Será Inferior Al Declarado A 31 De Diciembre De 2001" Que Se Declara Inexequible.»EXEQUIBLE
- 2002C-876/02Constitucionalidad · «"el Cual Se Presume Que En Ningún Caso Será Inferior Al Declarado A 31 De Diciembre De 2001" Que Se Declara Inexequible.»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia