Micelio

Artículo 19

Transferencia De Bienes, Derechos Y Obligaciones

Decreto 4161 de 2011 · por el cual se crea la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial y se determinan sus objetivos, estructura y funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transferencia de bienes, derechos y obligaciones. Los bienes, derechos y obligaciones relacionados con las funciones que en la actualidad cumple la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social, en relación con la función de la Unidad Administrativa Especial de Consolidación Territorial deberán ser transferidos a la Unidad, a título gratuito, por ministerio de la ley, con base en el cierre contable al 31 de diciembre de 2011, de conformidad con el procedimiento que se establecerá para tal efecto por los Directores de las respectivas entidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4161 de 2011