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Artículo 5

Funciones

Decreto 4161 de 2011 · por el cual se crea la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial y se determinan sus objetivos, estructura y funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones. La Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, cumplirá las siguientes funciones

1.

Ejecutar la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial, en coordinación con las entidades competentes del nivel nacional y regional.

2.

Apoyar al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en el diseño y la formulación de la política pública para la Consolidación Territorial.

3.

Articular la oferta institucional del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y de las entidades adscritas y vinculadas a dicho Departamento en las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial, de conformidad con las directrices del Comité Ejecutivo de Prosperidad Social y del Consejo de Seguridad Nacional.

4.

Formular y ejecutar estrategias para promover la transición económica y social de los territorios de las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las afectadas por cultivos ilícitos.

5.

Ejecutar recursos de inversión encaminados a desarrollar proyectos y acciones de respuesta oportuna para atender necesidades de la comunidad en las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las zonas con cultivos ilícitos.

6.

Hacer seguimiento al proceso de consolidación y reconstrucción en las regiones afectadas por la presencia de organizaciones armadas ilegales, de cultivos ilícitos y focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.

7.

Procurar que las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, se incluyan en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.

8.

Coordinar la intervención del sector público y articular al sector privado y la cooperación internacional, en las regiones focalizadas por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las zonas afectadas por los cultivos ilícitos.

9.

Articular las políticas sectoriales del Gobierno Nacional y las prioridades de las autoridades regionales y locales con la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y con las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.

10.

Articular la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, con la política de seguridad y defensa.

11.

Gestionar recursos con el sector público, privado y la cooperación internacional para financiar la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y las estrategias institucionales contra los cultivos ilícitos.

12.

Coordinar con las instancias nacionales y regionales pertinentes y la comunidad, la formulación, ejecución y seguimiento de los planes estratégicos y planes de acción regionales de consolidación; así como los planes regionales de lucha contra los cultivos ilícitos.

13.

Coordinar con las entidades y autoridades competentes estrategias orientadas a la recuperación y saneamiento de territorios y áreas de protección ambiental en las regiones focalizadas en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.

14.

Promover la inclusión de las buenas prácticas ambientales para el uso adecuado de los recursos naturales, en la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y en las estrategias institucionales de lucha contra los cultivos ilícitos, en coordinación con las entidades competentes.

15.

Producir información para el análisis de los avances en control institucional, integración regional y participación ciudadana, en los territorios focalizados por la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial.

16.

Presentar los informes de avance de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y de las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos, además de los informes que requiera el Director del Departamento Administrativo, el Consejo de Seguridad Nacional y demás órganos rectores.

17.

Administrar los recursos que le sean asignados para la implementación de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial y para financiar las estrategias y programas institucionales contra los cultivos ilícitos.

18.

Las demás que le sean asignadas conforme a su naturaleza

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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