Micelio

Artículo 4

Decreto 280 de 2006 · por el cual se regula una operación de redescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter, para programas y proyectos de la Red Hospitalaria Pública, Agua Potable y Saneamiento Básico y se otorga una tasa compensada a los beneficiarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Tratándose de las líneas del sector agua potable y saneamiento básico, serán sujetos de financiación y compensación de la línea de redescuento, para la construcción, adecuación y mantenimiento de acueductos, alcantarillados y aseo, las empresas prestadoras de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, localizadas en los municipios con población inferior a un millón (1.000.000) de habitantes y las entidades territoriales que adelanten los mismos proyectos en municipios con población inferior a la mencionada, durante la vigencia en la que se solicite la operación de redescuento. En todo caso, se dará prioridad a los municipios que tengan la menor relación entre el ahorro corriente y los ingresos corrientes y a aquellas entidades territoriales que realicen proyectos regionales. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial viabilizará técnica y financieramente los proyectos.

Parágrafo 1

Las entidades territoriales podrán respaldar la deuda correspondiente a las operaciones de redescuento a que se refiere el presente artículo en relación con las empresas señaladas en el mismo.

Parágrafo 2

El monto máximo de las operaciones de redescuento a otorgar para el sector de agua potable y saneamiento básico, bajo el programa de tasa compensada, no podrá ser superior al cinco por ciento (5%) del valor establecido para este sector en el

Parágrafo

del artículo 1º del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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