Micelio

Artículo 16

Decreto 25 de 1989 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos, se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en material salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Registraduría Nacional del Estado Civil, procederá a efectuar los cambios en los grados de las denominaciones, en la primera nómina de pago, con estricta sujeción a las equivalencias establecidas en el artículo 15 del presente decreto. Los cambios en el grado de remuneración establecidos en el artículo anterior no implican nueva posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 25 de 1989