Micelio

Artículo 39

"corpal" Podrá Determinar En Los Respectivos Pliegos De Cargos Que Los Productos Se Entreguen Bajo Empaques Que Registren Los Nombres Del Formulario De La Corporación, El Nombre Individualizado De La Casa Productora O Distribuidor O El De Asociación O Consorcio A Que Pertenezca Y La Marca, Patente O Licencia Correspondiente

Decreto 970 de 1969 · por el cual se adoptan los Estatutos de la Corporación Proveedora de Instituciones de Asistencia Social – “Corpal”.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"Corpal" podrá determinar en los respectivos pliegos de cargos que los productos se entreguen bajo empaques que registren los nombres del formulario de la Corporación, el nombre individualizado de la casa productora o distribuidor o el de asociación o consorcio a que pertenezca y la marca, patente o licencia correspondiente. Los proveedores directos deberán acreditar ante "Corpal" que los destinatarios han recibido los pedidos Satisfactoriamente.

Parágrafo

Cuando las drogas u otros elementos hayan sido procesados o manufacturados para "Corpal", en el país o en el exterior así se hará constar en los empaques o en los mismos elementos. También podrá ordenar la Corporación que los diferentes productos sean enmarcados con su sigla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 970 de 1969