Son funciones principales de las Cajas Seccionales: a). Administrar en su jurisdicción el seguro de enfermedad no profesional y maternidad, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 10, numeral 11 de este Decreto, para lo cual controlarán y harán efectivo el pago de las cotizaciones, liquidarán y pagarán las prestaciones, otorgarán los servicios asistenciales correspondientes y ejercerán las demás funciones inherentes a tales fines; b). Servir de organismos de ejecución respecto de los seguros de invalidez, vejez y muerte, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para el efecto tienen a su cuidado la recaudación de los recursos de estos seguros, la liquidación y pago y el otorgamiento de las prestaciones del caso, dentro del límite de los poderes que el Instituto les conceda.
Decreto 433 de 1971 →Vigente
Artículo 22
Son Funciones Principales De Las Cajas Seccionales: A)
Decreto 433 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Instituto Colombiano de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.