Micelio

Artículo 2

Los Cigarrillos De Producción Extranjera Pagarán Un Impuesto De Consumo Del 100% Sobre El Precio De Importación En Puerto Colombiano, Excluidos Todos Los Impuestos Y Cuotas De Fomento Que Les Correspondan

Decreto 383 de 1983 · Por el cual se introducen modificaciones al impuesto de consumo a los cigarrillos de producción nacional y extranjera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los cigarrillos de producción extranjera pagarán un impuesto de consumo del 100% sobre el precio de importación en puerto colombiano, excluidos todos los impuestos y cuotas de fomento que les correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 383 de 1983