Micelio

Artículo 1

Los Exámenes Para Comprobar Las Capacidades Para Ascenso De Oficiales Navales, De Que Trata El Artículo 19 De La Ley 105 De 1936, Se Harán En La Siguiente Forma: Para Oficiales Navales Ejecutivos: Exámenes Teóricos Y Prácticos Sobre: Navegación, Meteorología Y Oceanografía

Decreto 647 de 1938 · Por el cual se reglamentan los artículos 20 de la Ley 105 de 1936 y 16 del Decreto número 50 de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los exámenes para comprobar las capacidades para ascenso de oficiales Navales, de que trata el artículo 19 de la ley 105 de 1936, se harán en la siguiente forma: Para oficiales Navales ejecutivos: Exámenes teóricos y prácticos sobre: Navegación, Meteorología y oceanografía. Marinería, maniobras de buques y Faenas Náuticas. Artillería, Construcción Naval, Torpedos e Infantería. Táctica, Derecho Marítimo Internacional y Comunicaciones. Organización Interna, Disciplina y Ordenanzas Navales. Para oficiales Navales Ingenieros. Exámenes teóricos y prácticos sobre: Ingeniería (examen extenso sobre todos los diferentes tipos de maquinarias usadas en la marina). Práctica y deberes de salas de Máquinas. Construcción Naval. Dibujo de maquinarias a escala. Electricidad. Organización interna, Disciplina y Ordenanzas Navales. Para Oficiales Navales Contadores y de Administración. Exámenes teóricos y prácticos sobre: Organización de los buques sobre aprovisionamiento. Contabilidad Oficial. Documentación Fiscal. Intendencia Naval. Derecho Administrativo. Derecho Marítimo Internacional Hacienda Pública. Economía Política. Organización de almacenes a bordo. Preservación de elementos. Organización interna, Disciplina y Ordenanzas Navales. Para Oficiales de infantería de María. Pruebas prácticas sobre el mando en: Organización (constitución del pelotón, pie de guerra, y del batallón, según el grado). Táctica. Desembarcos. Pruebas teóricas sobre: Instrucción. Disciplina. Administración. Régimen Interno. Comunicaciones. Ordenanzas Navales. Pruebas teóricas y prácticas sobre: Servicios de marinería.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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