Micelio

Artículo 37

El Encargado De Negocios Que Llegue A La Capital Solicitará Por Escrito Audiencia Del Ministro De Relaciones Exteriores

Decreto 724 de 1931 · Por el cual se reglamenta el ceremonial diplomático en Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Encargado de Negocios que llegue a la capital solicitará por escrito audiencia del Ministro de Relaciones Exteriores. Este le indicará, también por escrito, el día y la hora en que será recibido en el Ministerio en audiencia privada para la entrega de la carta de Gabinete que lo acredite.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 724 de 1931