° Toda solicitud de licencia para el establecimiento de cualquier servicio público de transportes por carretera, deberá presentarse ante la Dirección Nacional de Transporte y Tarifas o ante la respectiva Dirección Seccional y constará de los siguientes documentos
Memorial petitorio en papel sellado;
Certificado de depósito de garantía, en dinero efectivo, o en papeles del Estado, o de entidades o empresas comerciales, previamente aprobados por la Dirección Nacional de Transportes y Tarifas expedido por la respectiva Administración de Hacienda Nacional, por la cantidad que se liquidan en la siguiente tabala, de acuerdo con el número de vehículos denunciados: De veinticinco (25) vehículos en adelante la garantía será de $6.500, más $ 100 por cada unidad nacional. Este depósito puedes ser reemplazado, previa autorización de la Diercción Nacional de Transportes y Tarifas, por fianza bancaria o hipotecaria, o póliza de seguros expedidad por compañias de seguros, debidamente autorizadas al efecto por la Superintendencia Bancaria:
Descripción de la vía que se solicita, con un kilometraje, estaciones terminales, paraderos y relación del movimiento de carga o pasajeros (según el caso, durante el año anterior; o cálculo apróximado de ese movimiento, se trata de una vía nueva;
Relación de los vehículos que se darán al servicio, individualizados con los mismos datos consignados en el empadronamiento;
La resolución por la cual fue acepatada la empresa para el período del año anterior, se se trata de una empresa existente, o la información comprobatoria de que se trata de una vía nueva, no dada al servicio, o de que el servicio autorizado no es suficiente para atender a las necesidades económicas de la región;
Copia registrada de la escritura de constitución de la empresa, si se trata de una sociedad, o del acta de declaración ante la Cámara de Comercio, debidamente protacolizada, documento que debe ceñirse a los términos del artículo 1° de esta Resolución;
Pliego de observaciones a las tarifas exisatentes si las hubiere; y
Certificación de las autoridades municipales de que la empresa tiene oficinas y bodegas en las poblaciones en la cuales recoge o deja a carga o pasajeros; y de que tales oficinas tienen personal hábil y suficiente, y báscula, si s etrata de empresa dedicada al transporte de carga. Comuníquese y publíquese.