Micelio

Artículo 32

Pertenecen A La Octava Categoría: A) Mecanógrafas

Decreto 1279 de 1942 · Por el cual se establece el Escalafón de empleos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se fijan las condiciones mínimas de admisión al servicio y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pertenecen a la octava categoría

a)

Mecanógrafas.

b)

Fotógrafos Ayudantes de Aerofotogrametría.

c)

Dibujantes cuartos y Heliocopista de Cartografía.

d)

Oficiales, Auxiliares y Ayudantes de Kárdex.

e)

Escribientes y otros Ayudantes de Conservación de las Seccionales.

f)

Choferes.

g)

Carteros, Celadores, Conserjes y similares.

Parágrafo

Para este grupo se requieren las siguientes condiciones mínimas de admisión al servicio: Para los cargos del ordinal a), diploma de mecanografía. Para los cargos de los ordinales b) y c), conocimientos suficientes de fotografía o dibujo, según el caso; acreditados con práctica satisfactoria. Para los cargos del ordinal d), hábitos de orden y versación en el manejo de kárdex y archivos. Para los cargos del ordinal -e), nociones de mecanografía, buena letra, práctica como oficinista y capacidad de adaptación. Para el cargo del ordinal f), pase o licencia legal. Para los cargos del último ordinal, saber leer y escribir, y conocer las funciones adscritas a sus respectivos puestos. DISPOSICIONES GENERALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1279 de 1942