º. La Dirección General Marítima y Portuaria hará un presupuesto anual de los ingresos e inversión de los fondos a que se refiere el artículo anterior, el cual requerirá la aprobación del Comando de la Armada para su ejecución.
Decreto 271 de 1973 →Vigente
Artículo 2
La Dirección General Marítima Y Portuaria Hará Un Presupuesto Anual De Los Ingresos E Inversión De Los Fondos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, El Cual Requerirá La Aprobación Del Comando De La Armada Para Su Ejecución
Decreto 271 de 1973 · Por el cual se reglamenta la Ley 3ª de 1966
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.