Micelio

Artículo 19

El Comprobante De Los Ingresos Por Sueldos U Otros Gastos De Personal Será En Todo Caso La Nómina Respectiva, O La Cuenta De Cobro De La Persona Que Ha Prestado El Servicio, Con Referencia A La Partida Correspondiente Del Presupuesto Del Ramo

Decreto 259 de 1917 · Por el cual se reglamenta la Ley 82 de 1916 y se organiza el servicio de Contabilidad en el ramo de Correos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El comprobante de los ingresos por sueldos u otros gastos de personal será en todo caso la nómina respectiva, o la cuenta de cobro de la persona que ha prestado el servicio, con referencia a la partida correspondiente del Presupuesto del ramo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 259 de 1917