º El tiempo para prima de antigüedad se computará a partir- del Io de enero de 1970 para quienes estuvieren al servicio del Fondo en tal fecha o a partir del día de la posesión para quienes hayan ingresado o ingresen con posterioridad a dicha fecha.
Decreto 376 de 1970 →Vigente
Artículo 3
El Tiempo Para Prima De Antigüedad Se Computará A Partir- Del Io De Enero De 1970 Para Quienes Estuvieren Al Servicio Del Fondo En Tal Fecha O A Partir Del Día De La Posesión Para Quienes Hayan Ingresado O Ingresen Con Posterioridad A Dicha Fecha
Decreto 376 de 1970 · Por el cual se aprueba el régimen de clasificación, remuneración y nomenclatura de los empleos del Fondo Colombiano de Investigación Cientificas y Proyectos Especiales Francisco José de Caldas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.