Micelio

Artículo 9

El Que Por Dos O Más Veces Compre A Emplea­dos O A Obreros Sueldos, Salarios O Prestaciones

Decreto 522 de 1971 · Por el cual se restablece la vigencia de algunos artículos del Código Penal, se definen como delitos determinados hechos considerados hoy como contravenciones, se incorporan al Decreto-ley 1355 de 4 de agosto de 1970 determinadas contravenciones y se determina su competencia y procedimiento, se modifican y derogan algunas de las disposiciones de dicho Decreto, se deroga el Decreto-ley 1118 de 15 de julio de 1970 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El que por dos o más veces compre a emplea­dos o a obreros sueldos, salarios o prestaciones .sociales, con estipulación de intereses usuarios, cualquiera que sea la for­ma escogida para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla, incurrirá en arresto de uno a tres años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 522 de 1971