Están exentos de presentar exámenes de capacidad profesional para el ascenso al grado inmediatamente superior
Los Suboficiales destinados a presta sus servicios en Unidades que intervengan en conflicto nacional o internacional, mientras permanezcan en el teatro de operaciones.
Los Suboficiales que se encuentren adelantando estudios en universidades o Colegios con autorización del Ministerio de guerra, siempre que las calificaciones obtenidas sean satisfactorias.
A los Suboficiales que efectúen cursos en Escuelas Militares de carácter oficial por comisión del Gobierno en el exterior y cuyos 'programas sean similares a los colombianos, se les reconocerán dichos cursos para efectos de ascenso, siempre que las calificaciones obtenidas fueren satisfactorias.