Micelio

Artículo 21

Las Reglas Para Distribución Del 20% De Libre Distribución Entre Educación Y Salud, Atenderán Prioritariamente Los Faltantes En Costo Para Cada Sector

Decreto 2886 de 1994 · por el cual se reglamentan los procedimientos y demás formalidades necesarias que deban cumplir las entidades territoriales para obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos que les permita asumir la administración de los recursos del situado fiscal y la prestación del del servicio educativo

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las reglas para distribución del 20% de libre distribución entre educación y salud, atenderán prioritariamente los faltantes en costo para cada sector. Los procedimientos para la distribución de los excedentes tendrán en cuenta los planes y programas de cada sector y su concordancia con el plan de desarrollo territorial aprobado por la asamblea departamental o concejo distrital.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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