º . Prohibiciones . Las empresas de transporte público terrestre automotor de pasajeros no podrán
Exigir u obligar a los propietarios de los vehículos vinculados a comprar acciones de la misma.
Exigir suma alguna por desvinculación o por la expedición de paz y salvos.
Retener por obligaciones contractuales los vehículos o los documentos propios de su operación.
Desarrollar la actividad transportadora por persona diferente a la que inicialmente le fue concedida.
Ceder bajo cualquier título a otra empresa, los servicios autorizados.
Cobrar a los propietarios de los vehículos mayor valor por concepto de pago de la prima de los seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual al realmente facturado por la Compañía de Seguros.
Cobrar sumas adicionales a las señaladas por la Autoridad de Transporte competente para gestionar la tarjeta de operación.
Exigir u obligar a los propietarios de los vehículos vinculados a dejar depósitos por concepto de cambio de propietario, cambio de empresa o reposición de equipo.