o Fíjase a partir del 1º de enero de 1992, la siguiente escala de remuneración para los empleos del Sector Técnico Aeronáutico del departamento Administrativo de Aeronáutica Civil: GRADO ASIGNACION BASICA 01 $ 83.308 02 93.706 03 99.412 04 106.069 05 116.593 06 125.723 07 138.846 08 146.708 09 161.987 10 174.921 11 185.636 12 196.350 13 208.713 14 222.788 15 232.995 16 248.528 17 260.321 18 268.880 19 276.488 20 283.589 21 295.191 22 308.315 23 370.383 24 374.758 25 388.769 26 402.844
Decreto 909 de 1992 →Vigente
Artículo 1
O Fíjase A Partir Del 1º De Enero De 1992, La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Sector Técnico Aeronáutico Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil: Grado Asignacion Basica 01 $ 83
Decreto 909 de 1992 · por el cual se fija la escala de remuneración de empleos del Sector Técnico Aeronáutico del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.