Micelio

Artículo 1.6.5.2.9

Devoluciones, Rescisiones, Anulaciones O Resoluciones De Operaciones Sometidas A Retención En La Fuente A Título De Impuesto Sobre Las Ventas Iva

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los agentes retenedores aplicarán los procedimientos establecidos en el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria cuando se presenten devoluciones, rescisiones, anulaciones o resoluciones de operaciones sometidas a retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas (IVA), de que trata esta sección.

Parágrafo

Cuando el valor de la operación que estuvo sujeta a retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas (IVA) fue realizada en una moneda diferente al peso colombiano, y la operación genera una devolución, rescisión, anulación, o resolución, la Tasa Representativa del Mercado (TRM) que se utilice para el ajuste correspondiente, deberá corresponder a la misma tasa con la que se efectúe el descuento o abono al cuentahabiente o tarjetahabiente.

(Artículo 9o, Resolución 17 de 2020)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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