Micelio

Artículo 14

La Solicitud De Inscripción En El "registro De Contratistas" Deberá Acompañarse De Las Siguientes Informaciones Y Documentos: A) Nombre O Razón Social Del Interesado Según Se Trate De Persona Natural O Jurídica; B) Certificado De La Cámara De Comercio Sobre Constitución De La Sociedad O Compañía, Reforma De Sus Estatutos Y Representación Legal; C) Domicilio, Dirección Y Teléfono De La Oficina Principal, De Sus Sucursales Y Agencias; D) Relación De Los Contratos Realizados, Debiendo Presentar Certificados De Los Ejecutados O En Ejecución En Los Últimos Cuarenta Y Ocho (48) Meses; E) Balances De Los Dos (2) Últimos Años, Certificados Por Contador Público Juramentado, Con Anexos Explicativos De Cada Una De Las Partidas

Decreto 106 de 1977 · Por el cual se dictan normas sobre registro de proponentes, concursos de méritos y presentación conjunta de propuestas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La solicitud de inscripción en el "registro de contratistas" deberá acompañarse de las siguientes informaciones y documentos

a)

Nombre o razón social del interesado según se trate de persona natural o jurídica;

b)

Certificado de la Cámara de Comercio sobre constitución de la sociedad o compañía, reforma de sus estatutos y representación legal;

c)

Domicilio, dirección y teléfono de la oficina principal, de sus sucursales y agencias;

d)

Relación de los contratos realizados, debiendo presentar certificados de los ejecutados o en ejecución en los últimos cuarenta y ocho (48) meses;

e)

Balances de los dos (2) últimos años, certificados por contador público juramentado, con anexos explicativos de cada una de las partidas. Las personas jurídicas que en la fecha de la solicitud no cuenten con dos años a partir de su constitución, presentarán los balances correspondientes a todo tiempo de su existencia.

f)

Referencias expedidas por los bancos y compañías de seguros que haya utilizado recientemente.

g)

Personal técnico y científico al servicio del solicitante, especificando la clase de vinculación (socios, asociados, etc) con indicación de los estudios, títulos, matrículas y experiencia de cada uno; y

h)

Descripción del equipo y maquinaria que el peticionario tiene a su disposición y naturaleza del título por el cual se posee.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 106 de 1977