º La Sección de Coordinación de Estudios Históricos, de acuerdo con la Academia Colombiana de Historia, y teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes que autorizan al Ministerio de Educación Nacional para reglamentar todo lo relacionado con la enseñanza de la historia patria, procederá a preparar, sobre la Historia Extensa antes citada, y siempre en cooperación con la Academia de Historia, los textos para la enseñanza de la materia en los colegios y escuelas de la República.
Artículo 6
La Sección De Coordinación De Estudios Históricos, De Acuerdo Con La Academia Colombiana De Historia, Y Teniendo En Cuenta Las Disposiciones Legales Vigentes Que Autorizan Al Ministerio De Educación Nacional Para Reglamentar Todo Lo Relacionado Con La Enseñanza De La Historia Patria, Procederá A Preparar, Sobre La Historia Extensa Antes Citada, Y Siempre En Cooperación Con La Academia De Historia, Los Textos Para La Enseñanza De La Materia En Los Colegios Y Escuelas De La República
Decreto 1168 de 1959 · Por el cual se señalan las funciones de la Sección de Estudios Históricos.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.