º. En cada colonia se establecerá
Una iglesia destinada al culto católico, la que estará servida por el Capellán de la Colonia.
Un hospital con sus dependencias de botica, consultorio, ropería, salones para enfermos de uno y otro sexo, cocina, etc., atendido por los empleados que se designen. En el hospital de la colonia se dará hospitalización gratuita a los colonos en el primer año de su residencia.
Escuelas para los colonos y sus hijos con campos de experimentación agrícola y en las cuales se enseñará de preferencia el idioma castellano a los inmigrantes y a sus hijos.
La casa del colono, en donde serán recibidos y alojados gratuitamente los colonos hasta que por la autoridad respectiva se provea al establecimiento completo de ellos; dicha casa será también residencia de las autoridades y empleados de la colonia.