Micelio

Artículo 4

El Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Determinará Las Sanciones A Las Empresas Aportantes Que Incumplan Con Los Pagos A La Caja De Auxilios Y Prestaciones De La Asociación Colombiana De Aviadores Civiles Caxdac De Conformidad Con El Articulo 19 Del Decreto Reglamentario 60 De 1973

Decreto 3289 de 1983 · Por el cual se fijan los aportes que señala la Ley 32 de 1961 a las empresas nacionales de servicios aéreos comerciales, en favor de la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles CAXDAC en el período comprendido entre el 1° de mayo de 1980 y el 31 de diciembre de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4º El Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil determinará las sanciones a las empresas aportantes que incumplan con los pagos a la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles CAXDAC de conformidad con el articulo 19 del Decreto Reglamentario 60 de 1973.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3289 de 1983