Micelio

Artículo 18

Decreto 18510618 de 1851 · Concediento privilejio esclusivo a favor de los SS. Ricardo de la Parra i Benajmin Balagge, para poner en comunicación los mares Atlantico i Pacifico, uniendo las aguas de los rios Atrato y San juan de la provincia del Chocó;

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 18° . No se impondrán contribuciones nacionales, municipales ni de ninguna clase sobre el canal, ni sobre los buques de remo que dé la Compañía, ni sobre sus almacenes, muebles, máquinas u otras obras, cosas u efectos de cualquiera especie que le pertenezcan, i que a juicio del Poder Ejecutivo se necesiten para el servicio del canal o de sus dependencias, durante el tiempo concedido a la Compañía para construir i disfrutar del canal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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